Estos son los tipos de vehículos que podrá manejar sin licencia de conducción
Gracias a una nueva ley, los conductores de ciertos vehículos no deberán portar la licencia a la hora de manejar ciertos vehículos.
Gracias a una nueva ley, los conductores de ciertos vehículos no deberán portar la licencia a la hora de manejar ciertos vehículos.
En los últimos años, las bicicletas eléctricas, patinetas y otros vehículos impulsados por baterías se han vuelto más comunes en las calles y ciclovías del país. Cada vez más personas los usan para ir al trabajo, estudiar o hacer diligencias a distancias cortas.
Su popularidad se debe a varias razones: cuestan menos que un automóvil, tienen un gasto de operación muy bajo y permiten moverse con mayor facilidad en medio del tráfico.
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Además, no requieren gasolina y su mantenimiento suele ser más económico, lo que los convierte en una alternativa económica frente al transporte tradicional. También contribuyen a reducir la contaminación y favorecen una movilidad más sostenible.
Desde el paso 16 de julio entró en vigencia la Ley 2486 de 2025, que introduce cambios importantes para quienes usan vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana.
Según esta norma, quienes conduzcan bicicletas eléctricas, patinetas y otros vehículos similares que cumplan con ciertas condiciones ya no necesitarán licencia de conducción, matrícula ni Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
Para que la exención aplique, los vehículos deben cumplir con al menos una de estas características:

Aunque la ley elimina varios trámites, también establece reglas para su uso:
Con esta medida, el Congreso busca facilitar el acceso a medios de transporte sostenibles y económicos, eliminando barreras como los trámites y los costos de documentos obligatorios, sin dejar de lado las normas básicas para su circulación segura.
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