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Estos son los tipos de vehículos que podrá manejar sin licencia de conducción

Gracias a una nueva ley, los conductores de ciertos vehículos no deberán portar la licencia a la hora de manejar ciertos vehículos.

Indira Córdoba

En los últimos años, las bicicletas eléctricas, patinetas y otros vehículos impulsados por baterías se han vuelto más comunes en las calles y ciclovías del país. Cada vez más personas los usan para ir al trabajo, estudiar o hacer diligencias a distancias cortas.

Su popularidad se debe a varias razones: cuestan menos que un automóvil, tienen un gasto de operación muy bajo y permiten moverse con mayor facilidad en medio del tráfico.

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Además, no requieren gasolina y su mantenimiento suele ser más económico, lo que los convierte en una alternativa económica frente al transporte tradicional. También contribuyen a reducir la contaminación y favorecen una movilidad más sostenible.

Vehículos que se pueden conducir sin licencia

Desde el paso 16 de julio entró en vigencia la Ley 2486 de 2025, que introduce cambios importantes para quienes usan vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana.

Según esta norma, quienes conduzcan bicicletas eléctricas, patinetas y otros vehículos similares que cumplan con ciertas condiciones ya no necesitarán licencia de conducción, matrícula ni Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).

Para que la exención aplique, los vehículos deben cumplir con al menos una de estas características:

  • Pesar 60 kilogramos o menos, incluyendo la batería.
  • No superar una velocidad máxima de 40 km/h.
  • Tener una potencia máxima de 1.000 vatios y encajar en la definición de “eléctricos livianos de movilidad personal urbana” establecida por el Ministerio de Transporte.

Aunque la ley elimina varios trámites, también establece reglas para su uso:

  • Edad mínima para conducir: 16 años. Los menores de 12 a 16 años solo podrán circular en ciclorutas.
  • Velocidad máxima: 25 km/h en ciclovías y 40 km/h en vías autorizadas.
  • Uso obligatorio de casco y prendas reflectivas en la noche.
  • En general, solo se permite un pasajero, salvo que el vehículo esté diseñado para más.
  • Prohibido circular por andenes o zonas peatonales.

Con esta medida, el Congreso busca facilitar el acceso a medios de transporte sostenibles y económicos, eliminando barreras como los trámites y los costos de documentos obligatorios, sin dejar de lado las normas básicas para su circulación segura.

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